Mejora energética, accesibilidad y conservación de edificios
Eficiencia y mantenimiento en rehabilitación de edificios.
Desde Qrea realizamos obras enmarcadas dentro del programa específico que el nuevo Plan Estatal de Vivienda 2013/2016, establece para acceder a las ayudas previstas para la rehabilitación de edificios y remodelación urbanas. Dichas ayudas destinadas especialmente a la rehabilitación energética, ascienden a 2.421 millones de euros.

Certificación energética de las viviendas
Estas obras mejoran la certificación energética de las viviendas, adaptándolas a la Directiva Europea 2010/31/UE que regula el consumo de energía en los edificios. Aislar de forma eficaz tanto fachadas como cubiertas permite lograr que los edificios demanden menos consumo de energía para conseguir el mismo nivel de confort en su interior.
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Qrea realiza, a su vez, Certificados de Eficiencia Energética según el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. El Real Decreto indica que, a partir del próximo 1 de junio, todos los pisos o edificios que se vendan o se alquilen deberán poseer un certificado de eficiencia energética que deberá mostrarse al comprador o nuevo arrendatario, y deberá entregársele en el momento de formalizarse el contrato.


La certificación energética del edificio es un procedimiento obligatorio por el cual se determina las emisiones de CO2 por el uso de la energía. Los edificios serán calificados de la A a la G, de mayor a menor eficiencia energética, lo que facilitará la adopción de medidas para reducir las emisiones y mejora la calificación energética en los edificios.
Dicho certificado se exige cuando un edificio, vivienda o local sea objeto de compraventa o arrendamiento a partir del día 1 de junio de 2013. El propietario debe poner el certificado a disposición del comprador o arrendatario, ya sea edificio nuevo o existente. El propietario está obligado a encargar el certificado de eficiencia energética y a conservar dicho documento. Este certificado deberá ser presentado por el propietario al órgano competente de la Comunidad autónoma para su registro. En el caso de Aragón ante el Gobierno de Aragón y está obligado a entregar una copia del certificado en caso de arrendamiento y el documento en caso de compraventa.

